Con millones de españoles invirtiendo en cuentas remuneradas de neobancos europeos, fondos indexados y ETFs, la declaración de la renta se complica. Esta guía explica cómo declarar cada tipo de inversión correctamente en el IRPF 2025 (declaración 2026).
Tipos de rendimientos de inversiones
En España, las ganancias de las inversiones pueden ser de dos tipos:
- Rendimientos del capital mobiliario: intereses de cuentas, depósitos, dividendos, cupones de bonos
- Ganancias/pérdidas patrimoniales: beneficio de vender acciones, ETFs, fondos a más precio del que compraste
Ambos tributan en la base imponible del ahorro:
- Hasta 6.000€: 19%
- 6.000€ – 50.000€: 21%
- 50.000€ – 200.000€: 23%
- 200.000€ – 300.000€: 27%
- Más de 300.000€: 28%
Cuentas de ahorro y depósitos españoles
Si tienes una cuenta remunerada o depósito en un banco español (Openbank, EVO Banco, Pibank), el banco:
- Aplica una retención automática del 19% en el momento de pagar los intereses
- Informa a Hacienda — esos datos aparecerán en tu borrador de la declaración
- En la declaración, reflejas los intereses brutos y la retención ya practicada
En la práctica, si solo tienes depósitos en bancos españoles, el borrador ya lo recoge automáticamente. Solo debes verificar que sea correcto.
Cuentas en neobancos europeos (Revolut, Trade Republic, N26)
Este es el punto donde muchos inversores cometen errores. Las cuentas en Revolut, Trade Republic o N26 son bancos europeos que:
- No practican retención en España (no están obligados a retener para Hacienda española)
- Sí informan a sus autoridades fiscales nacionales (BdL Lituania para Revolut, BaFin Alemania para TR y N26)
- Los intereses deben declararse en España en la declaración de IRPF
Cómo declararlo:
- Descarga el resumen fiscal anual de la app del neobanco (suelen tenerlo en enero-febrero)
- En la declaración: casilla de rendimientos del capital mobiliario
- Introduce el importe bruto recibido — como no hay retención española, la retención será 0€
- Pagas el 19% sobre el importe bruto (menos que si hubiera retención en origen en otro país)
Modelo 720: ¿Tienes que declararlo?
El Modelo 720 es la declaración de bienes en el extranjero. Debes presentarlo si tienes bienes en el extranjero superiores a 50.000€ en total (cuentas, valores, inmuebles).
Cuentas en neobancos:
- Si el saldo medio del cuarto trimestre en todas tus cuentas extranjeras supera 50.000€: sí, presentar Modelo 720
- Si es inferior: no obligatorio
- Se presenta entre enero y marzo del año siguiente
Fondos de inversión y ETFs
Fondos de inversión (Vanguard, Amundi comprados en MyInvestor, etc.):
- Solo tributas al reembolsar (vender)
- Si haces un traspaso de un fondo a otro: no hay evento fiscal
- Al reembolsar: es ganancia/pérdida patrimonial = precio venta - precio compra
- El gestor reporta a Hacienda — suele aparecer en el borrador
ETFs (IWDA, VWCE, etc.):
- Igual que los fondos: solo tributas al vender
- Si el broker es europeo, puede o no reportar a Hacienda española
- Recomendado: guardar todos los justificantes de compra/venta para calcular las ganancias correctamente
- Si hay pérdidas: pueden compensar ganancias de ese año o de los 4 años siguientes
Compensación de ganancias y pérdidas
Las pérdidas en inversiones pueden reducir el impuesto a pagar:
- Pérdidas en acciones/ETFs compensan ganancias en acciones/ETFs del mismo año
- Pérdidas no compensadas se pueden arrastrar hasta 4 años siguientes
- Ganancias en fondos compensan pérdidas en otros fondos (misma base del ahorro)
La regla de los dos meses (wash sale)
En España existe la regla anti-elusión: si vendes acciones con pérdidas y recompras el mismo valor en los 2 meses anteriores o posteriores, la pérdida fiscal se difiere. Importante para quienes hacen tax loss harvesting en fin de año.
Letras del Tesoro
Las Letras del Tesoro no tienen retención en el cobro. La diferencia (nominal - precio pagado) se declara como rendimiento del capital mobiliario en el año del vencimiento. Ver detalle en nuestra guía de Letras del Tesoro.
Resumen: checklist fiscal del inversor
- ☐ Intereses de cuentas españolas — ya en borrador (verificar)
- ☐ Intereses de Revolut/Trade Republic/N26 — declarar manualmente
- ☐ Ganancias/pérdidas en fondos y ETFs al reembolsar
- ☐ Modelo 720 si tienes más de 50.000€ en el extranjero
- ☐ Letras del Tesoro al vencimiento
- ☐ Compensación de pérdidas con ganancias
Preguntas frecuentes
¿Tengo que declarar los intereses de mi cuenta en Revolut o N26?
Sí. Los intereses abonados por neobancos europeos (Revolut, N26, Trade Republic…) son rendimientos del capital mobiliario y deben declararse en el IRPF español. Muchos no aplican retención en origen, por lo que el importe íntegro debe incluirse en la declaración de la renta.
¿Qué porcentaje de IRPF pago por los intereses de mis ahorros?
Tributan en la base del ahorro: 19% hasta 6.000€ de rendimientos; 21% de 6.000€ a 50.000€; 23% de 50.000€ a 200.000€; 27% de 200.000€ a 300.000€; y 28% a partir de 300.000€. Estos tramos se aplican sobre el total de rendimientos del ahorro, no por cada producto por separado.
¿Los fondos indexados tributan cuando se traspasan?
No. El traspaso entre fondos de inversión en España es neutro fiscalmente: no tributa hasta que reembolsas (vendes) el fondo. Esta ventaja no existe en ETFs, que sí tributan en cada venta.
¿Los ETFs tienen la ventaja fiscal del traspaso como los fondos?
No. Los ETFs no tienen la ventaja del diferimiento fiscal. Cada venta genera una ganancia o pérdida patrimonial que debes declarar ese año. Para horizontes largos, los fondos indexados son fiscalmente más eficientes que los ETFs en España.
¿Dónde encuentro los datos para declarar en Hacienda las inversiones con un broker extranjero?
En la sección "Informes" o "Documentos fiscales" de tu broker (Trade Republic, DEGIRO, Interactive Brokers…). Suelen publicar el informe fiscal anual antes de abril. El documento detalla rendimientos, plusvalías realizadas y retenciones en origen. Con esos datos cumplimenta el apartado de capital mobiliario e internacional en Renta Web.